¿Es posible la modificación de medidas de una sentencia de separación o divorcio? Esta es una consulta que los abogados recibimos con asiduidad, y si es posible. A través de éste artículo voy a intentar describir cómo es y en qué consiste el procedimiento a seguir para llevar a cabo una modificación de medidas.
En los últimos años este tipo de procedimientos han aumentado de forma muy significativa, debido sobre todo a dos hechos. Por un lado, la grave crisis económica que comenzó hace algunos años y por otro la nueva ley de custodia compartida.
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Tras una sentencia de divorcio o separación las circunstancias pueden cambiar
Cuando se dicta una sentencia firme de divorcio, el juez tiene en cuenta las circunstancias de los dos miembros de la pareja para dictar una sentencia que determine aspectos como el uso del domicilio, pensión compensatoria, etc. Y en el caso de la existencia de hijos en común se fijaran las relaciones con los mismos a través de la guardia y custodia, el régimen de visitas y la pensión de alimentos de los mismos.
Pero como en todo, las circunstancias de las personas cambian, y lo que en su momento se dio como una solución válida, puede haber quedado desfasada, debido a múltiples causas. En ese momento es necesario solicitar una modificación de medidas que se adapten a las nuevas necesidades y situación actual de cada ex-cónyuge.
Si no puedes cumplir las medidas de la sentencia de separación o divorcio, te aconsejo solicitar un cambio de medidas, antes de llegar a incumplir las existentes.
En estos casos la ley nos permite solicitar un cambio de medidas según un procedimiento establecido y regulado. Siendo las más habituales:
- Modificación de medidas para el cambio de custodia.
- Modificación de medidas o cese de la pensión de alimentos.
- Modificación de medidas régimen de visitas.
- Modificación de medidas por cambio de domicilio.
Ten en cuenta que este proceso puede llevarse a cabo de mutuo acuerdo antes de acudir a la vía contenciosa.
Condiciones necesarias para solicitar la modificación de medidas
Como en todos los procesos, a la hora de solicitar una modificación de medidas debemos de seguir unos pasos concretos;
Demostración de un cambio objetivo de circunstancias
Es necesario demostrar que las circunstancias a partir de las cuales se dictaminó la sentencia han cambiado y se han producido nuevos hechos importantes que demuestran la necesidad de modificar las medidas impuestas.
Además hay que demostrar que este cambio no es un hecho puntual y que va a permanecer en el tiempo. Y es condición indispensable que dicho cambio no haya sido forzado por el interesado y se haya producido de una manera involuntaria.
Consulta a tu abogado de familia, el te dará una visión objetiva de tus posibilidades de cambiar las medidas evaluando tus nuevas circunstancias.
Presentación de la demanda de modificación de medidas
Antes de nada, recalcar que el juzgado que dictó la sentencia en el momento de la separación o el divorcio es el mismo que va a tramitar el proceso del cambio de medidas (si bien esta disposición puede ser modificada en algún caso concreto).
Como hemos visto en los puntos anteriores, hay que demostrar que las circunstancias que motivaron la sentencia han cambiado, por eso lo más importante en estos procesos es la aportación de pruebas fehacientes sobre la nueva condición del solicitante.
Mención aparte es cuando, en demanda de un cambio de medidas, se solicita un cambio respecto a la guardia y custodia de los hijos o en la comunicación o visitas de los mismos. En este caso es importante demostrar que cualquier cambio solicitado conlleva siempre el interés del menor al entenderse que es la mejor opción para su beneficio.
A diferencia de un proceso de demanda de divorcio, en el caso de una petición de cambio de medidas, el juez si puede solicitar que si la demanda es desestimada el autor de la misma tenga que abonar el importe de las costas de la parte contraria. Por eso vuelvo a insistir en la necesidad de llevar bien fundamentadas las pruebas y conocer de antemano que tenemos verdaderas posibilidades de conseguir una nueva sentencia.
Proceso de modificación de medidas
Una vez que la demanda ha sido presentada y contestada, el juez convocará a una vista a los ex-conyugues (en los casos en los que hay hijos menores, también convocará al Ministerio Fiscal). En esta vista la pretensión del juez es que ambas partes lleguen a un acuerdo mutuo.
De no ser posible este acuerdo, se procederá a revisar las pruebas aportadas y a partir de las mismas se establecerán o no las nuevas medidas definitivas.
A partir de este momento las nuevas medidas serán adoptadas y pasaran a ser definitivas, aunque siempre que se produzca un cambio importante en la vida de los interesados se podrá volver a solicitar este cambio de medidas.
Como puedes ver a pesar de su llamarse “medidas definitivas” no tienen por qué serlo siempre.
A través de este artículo he querido hacerte un breve resumen de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), no obstante te recomiendo que ante una nueva situación o un cambio en tu vida que te obligue a solicitar un cambio de medidas en la sentencia de divorcio o separación, te asesores bien.
Como siempre me pongo a tu disposición sin ningún tipo de compromiso por tu parte, en caso de tener la necesidad de aclarar tus dudas o indicarte los pasos a seguir para iniciar este procedimiento, ya sea en forma de mutuo acuerdo o no te quede más remedio que acudir a la vía contenciosa.